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Sistema Estatal de Areas Naturales Protegidas

*Decreto de la Biosfera Sierra de Huautla

* Localización Geográfica
* Fisiografía
* Clima
* Hábitat
* Fauna
* Investigación
* Propietarios de la tierra
* Manejo
* Comentarios

Decreto de la Reserva de la Biosfera Sierra de Huautla

DECRETO.- por el que se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, la región denominada Sierra de Huautla, ubicada en los municipios de Amacuzac, Puente de Ixtla, Jojutla, Tlaquiltenango y Tepalcingo; en el Estado de Morelos, con una superficie total de 59,030-94-15.9 hectáreas. - :

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere articulo 89 fracción l, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento En los artículos 27; párrafo tercero de la propia Constitución; 2o., fracciones ll y III, 5o, fracción VIII, 44, 45,46, fracción I, 47, 48, 49,- 57; 58, 60; 61, 63, 64 Bis; 65; 66, 67, 74 y 75 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente 2o., párrafo segundo, 50. y 88 de la Ley Agraria 2º. de la Ley Forestal; 4º. 1ncisos, a, b y d, 9 Y 15 de la Ley Federal de Casa; 5o., 6o, fracción IV, 7o.' ' fracciones 11 y IV, 38, fracciones 1, II y III, 85 y 86, fracciones III, VI y VII de la Ley de Aguas Nacionales; 32 Bis,35 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal y

 

CONSIDERANDO

Que los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas, los ecosistemas así como la diversidad genética de las especies silvestres, conforman el patrimonio natural de México, el cual constituye una riqueza pública que el Estado tiene el deber de proteger para beneficio de los mexicanos, ya que su aprovechamiento sustentable y su conservación hacen posible la supervivencia de los grupos humanos;

Que el desarrollo industrial, agropecuario y urbanístico en las ultimas décadas se ha realizado en una forma desordenada y ha causado graves daños al patrimonio natural, lo que provoca que algunos ecosistemas sufran perturbaciones y que numerosas especies estén en peligro de desaparecer, esta situación amenaza la posibilidad de continuar obteniendo los beneficios y recursos que la naturaleza proporciona;

Que las reservas de la biosfera son áreas biogeográficas relevantes a nivel nacional, en las que existen uno o varios ecosistemas no alterados significativamente por la acci6n del hombre y en los cuales habitan especies representativas de la biodiversidad nacional, incluidas algunas de las consideradas como endémicas, amenazadas o en peligro de extinci6n;

Que la región Sierra de Huautla, al ubicarse en la Cuenca del Río Balsas, constituye un rico reservorio de especies endémicas de México y que por ser un área de topografía accidentada cuyas altitudes varían de los 700 a los 2,240 msnm presenta una amplia representatividad de ecosistemas, entre los que destacan las selvas bajas caducifolias que contienen un alto porcentaje de las formas de vida, exclusivas de nuestro país, y que constituyen parte del patrimonio genético de la humanidad,

Que la región Sierra de Huautla proporciona recursos hidrológicos de gran valor, y su cubierta forestal protege las represas, canales y obras publicas que permiten el florecimiento de las actividades productivas para una. amplia región de los estados de Morelos, Puebla y Guerrero; especialmente para los municipios morelenses de Amacuzac, Puente de Ixtla, Jojutla, Tlaquiltenango y Tepalcingo;

Que en la región de Sierra de Huautla existen numerosas especies endémicas de flora de la Cuenca del Río balsas, destacando las siguientes: cuajiotes, copales y copalillos palo zopilote, Cardón del Balsas, Organo de mezcala y amate amarillo;

Que igualmente se encuentran especies faunísticas relevantes como: mariposa de barón, guacamaya verde, primavera del Balsas, leoncillo, falsa coralillo del Balsas, lagarto enchaquirado, tigrillo, tecolote de Balsas, mosquero del Balsas, ocelote y yaguaoroundi;

Que la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, por conducto del Instituto Nacional de Ecología, en coordinación con la Secretaria de Desarrollo Ambiental del Gobierno del Estado de Morelos, los municipios de Amacuzac, Puente de Ixtla, Jojutla, Tlaquiltenango y Tepalcingo, la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, el Centro de Educación Ambiental e Investigación de Sierra de Huautla, la Sociedad Mexicana de Lepidopterología A. C. y con la participación de los habitantes de la región, realizó estudios y evaluaciones en los que demostró que los ecosistemas del área Sierra, de Huautla. no se encuentran significativamente alterados, se caracterizan por su gran riqueza y fragilidad, que constituyen muestras representativas de los ecosistemas originales, por lo que debe planificarse y administrarse integralmente el cuidado y uso adecuado de estos recursos naturales, a efecto de asegurar el equilibrio y la continuidad de sus procesos ecológicos y evolutivos; además de proteger los hábitats naturales de la región y los ecosistemas, más frágiles conservar la diversidad, genética de las especies de flora y fauna de la zona, y hacer del área un campo propicio para la investigación científica, la educación ambiental y el estudio de los ecosistemas y su equilibrio, razón por la que se considera que reúne los requisitos necesarios, para constituirse como una reserva de la biosfera.

Que los estudios a que se refiere el considerando anterior, estuvieron a disposición del publico, según aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1999 y que las personas interesadas emitieron en su oportunidad opinión favorable para el establecimiento de dicha área, y.

Que la Secretaria del Medio Ambiente; Recursos Naturales y Pesca ha propuesto al Ejecutivo Federal declarar la región conocida como la sierra de Huautla; que se ubica en el Estado de Morelos, como área natural protegida, con el carácter de reserva de la biósfera, ha tenido a bien expedir el siguiente

 

DECRETO

ARTICULO PRIMERO.- Se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, la región denominada Sierra de Huautla, ubicada en los municipios, de Amacuzac, Puente de Ixtla, Jojutla, Tlaquiltenango y Tepalcingo, en el Estado de Morelos, con una superficie total de 59,030-94-15.9 Hectáreas

(CINCUENTA Y NUEVE MIL TREINTA HECTAREAS, NOVENTA Y CUATRO AREAS, QUINCE PUNTOS

NUEVE CENTIAREAS integrada por un polígono general cuya descripción analítica topográfica y limítrofe

es la siguiente:

 

DESCRIPCION LIMITROFE DEL POLIGONO GENERAL DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA "SIERRA DE HUAUTLA", LA CUAL, ESTA CONTROLADA TOPOGRAFICAMENTE POR, LAS COORDENADAS ORTOGONALES DE LA LINEA BASE 5166 DE. LA SUBRED GEODESICA MINERA DE COORDENADAS

 

Y=2'039,463.3647; X=498,204.1006 (59,030-94-15.9 hectáreas)

El polígono se inicia en el vértice 1 (LB 5166) de coordenadas Y=2'039,463.3647; X=498,204,1006; partiendo de este punto con un rumbo N 19°28'04" E y una distancia de 2,913.18 m. se llega al vértice 2 de coordenadas Y=2'042,210; X=499,175; partiendo de este punto con un rumbo de N 32°52'42'' E y una distancia de 2,643.41 m. se llega al vértice 3 de coordenadas Y=2'044,430; X=500,610; partiendo de este punto con un rumbo de N 07°28'17" E y una distancia de 3,998..95 m. se llega al Vertice.4 de coordenadas Y-2'048,395; X=501,130; partiendo de este punto con un rumbo de N 28°06'18" E y una distancia de5,158.23 m, Se llega al vértice 5 de coordenadas Y=2'052,945; X=503,560; partiendo de este punto con un rumbo de N 84°59'42" E y una distancia de 2,464.39 m. se llega al vértice 6 de coordenadas Y=2'053,160;X=506,015; partiendo de este punto con un rumbo de S 74°26'22" E y una distancia de 8,689.48 m se llega al vértice 7 de coordenadas Y=2'050,829; X=514,386; partiendo de este punto con un rumbo de S 19°10'02"

E y una distancia de 3,265.00 m. se llega al vértice 8 de coordenadas Y=2'047,745; X=515.458; partiendo de este punto con un rumbo de S 15°12'31" W y una distancia de 7,135.92 m. se llega a1, vértice. 9 de coordenadas Y=2'040,859; X=513,586; partiendo de este punto con un, rumbo de. N 89°01'08" W y una distancia de 4,555:66 m. se 11ega a1 vértice 10 de coordenadas Y=2'040,937; X=509,031, partiendo de este punto con un rumbo de S 18°40'56" W y una distancia de 2,122.85 m se l1ega a1 vértice 11 de coordenadasY=2'038,926; X=508,351; partiendo de este punto con un rumbo de S 24°05'16" E y una distancia de 2,410.94 m. se 11ega a1 vértice 12 de coordenadas Y=2'036,725; X509,335; partiendo de este punto. Con un rumbo de S 48°42'41" W y una distancia de 3,626.57 m. sé 11ega al vértice 13 de coordenadas Y=2'034,332; X=506,610; partiendo de este. Punto con un rumbo de S 82°53'45" W y una distancia de 7,786.77 m. sé 11ega,al vértice 14 de coordenadas Y=2'033,369; X=498,883; partiendo de este punto con un rumbo de S 33°03'03" W y una distancia de 1,591.53 m. sé 11ega a1 vértice 15 de coordenadas Y=2'032,035; X=498,015; partiendo de este punto con un rumbo de S.47°50'23" W. y una. Distancia de 3,568.19 m. sé 11ega, a1 vértice 16 de coordenadas Y=2'029,640; X= 495,370 partiendo; de este punto con un rumbo S54º27'44'' W y una distancia de 1,892.51 m, se llegan al vértice 17 de coordenadas Y=2'028,540; X= 493,830; partiendo de este punto con un rumbo de sur S 06ºo10' 12" E y una distancia de 1,116.46 m. se llega al vértice 18 de coordenadas Y=2'027,430; X=493,950; partiendo de este punto con rumbo de S 51º39'11''W y una distancia de 1'086.36 m. se llega al vértice 19 de coordenadas Y=2'026,756; X=493,098; partiendo de este punto con un rumbo de N55º10'39'' W y una distancia de 996,43m; se llega al vértice 20 de coordenadas Y=2'027,325; X=492,280; partiendo de esto punto con un rumbo de N 22°18'22". W y una distancia de.632,31 m. se llega al vértice 21 de coordenadas Y=2'027,910; X=492,040; partiendo de este punto con un rumbo de N,34°31'16" E y una distancia de 1,146.96m. se llega al vértice 22 de coordenadas.Y=2'028,855; ,X=492,690; partiendo, de este punto con un rumbo de N. 07°49'58" W y una distancia de 953.89 m, se llega al vértice 23 de coordenadas Y=2'029,800; X=492.560; partiendo de este punto con un rumbo. de S 84°45'10" E y una distancia de.492.06 m. se llega al vértice 24 de coordenadas Y=2'029,755; X=493,050; partiendo de este punto con un rumbo de NORTE FRANCO y una distancia de 805:00.m; se llega al vértice 25 de coordenadas; Y=2'030,560; X=493,050;.partiendo de este punto con un rumbo de N 40°30'10" W y una distancia de 31563 m. se llega al vértice 26:de.coordenadas Y=2'030,800; X=492,845; partiendo de este punto con un rumbo de N 81°24'58" W, y una distancia de 268 00 m. se llega al vértice 27: de coordenadas Y,=2'030,840; X=492,580,. partiendo de este punto con un rumbo de N15°35'34" W y una distancia de 892.86 m. se llega al vértice 28 de coordenadas Y=2'031.,700: .X=492,340;. partiendo de este punto con un rumbo, de .S 81°23'03" W y una distancia de 166.88 m. se llega al vértice 29 de coordenadas Y=2'031,675:. X=492,175; partiendo de este punto con un rumbo de S ,44°23'25" W y, una distancia de 664.71 m. se llega al vértice 30 de coordenadas Y=2'031,200; X=491,710, partiendo de este punto con un rumbo de N 74°28'33 W una distancia de 280.22 m.se llega al vértice 31 de ,coordenadas Y"2'031:275; X=491,440; partiendo. de este punto con un rumbo de N 11°51'35" E y una distancia; de 1,532.71 m. se llega al vértice 32 de coordenadas Y=2'032,775; X-491,755; partiendo de este punto con un rumbo de N 44°06'50" W. y una distancia de .1,371.95 m. se llega al vértice 33 de coordenadas Y=2'033,760: X=490,800, partiendo de este punto con un rumbo de N:25°38'27" W y una distancia de 554.61 m. se llega al vértice 34 de coordenadas Y= 2'034,260; Y=490,560; partiendo de este punto con un rumbo de N 79°00'52' W y una distancia de 865.86 m se llega al vértice 35 de coordenadas Y=2'034,425; X=489,710; partiendo de éste punto con un rumbo de S 52°00'04'' W y una distancia de203.03 m. se llega al vértice 36 de coordenadas Y=2'034,300; X=489,550; partiendo de este punto con un rumbo de N 39°16'29" W y una distancia de 1,382.21 m. se llega al vértice 37 de coordenadas Y=2'035,370; X=488,675; partiendo de este punto con un rumbo de N 06°49'24" W y una distancia de 589.17 m. se llega al vértice 38 de coordenadas Y=2'035.955; X=488,605; partiendo de este punto con un rumbo de N. 32°50'42" W y una distancia de 470.15 m se llega al vértice 39 de coordenadas Y=2'036,350; X=488,350; partiendo de este punto con un rumbo de S 73°44'23" W y una distancia de 250.00 m. se llega al vértice 40 de coordenadas Y=2'036,280; X=488,110; partiendo de este punto con un rumbo de N. 60°42'45" W y una distancia de 1,553.58 m. se llega al vértice 41 de coordenadas Y=2'037,040; X=486,755; partiendo de este punto con un rumbo de h 51°11'27" W y una distancia de 419.64 m. se llega al vértice 42 de coordenadas

Y=2'037,303; X=486,428; partiendo de este punto con un rumbo de S 25°11'28" W y una distancia de 3,058.92 m. se llega al, vértice 43 de coordenadas Y=2'034,535; X=485,126; partiendo de este punto con un rumbo de S 40°48'03" W y una distancia de 840.17 m. se llega al vértice 44 de coordenadas Y=2'033,899; X=484,577; partiendo de este punto con un rumbo de S. 42°21'05" W y una distancia de 1,040 55 m. se llega al vértice 45 de coordenadas Y=2'033,130; X=483,876; partiendo de este punto con un rumbo de S 88°23'399 W y una distancia de 1,213.47 m. se llega al vértice 46 de coordenadas Y=2'033,096; X=482,663; partiendo de este punto con un rumbo de N 87°41'32" W y. una distancia de 670.54 m. se llega al vértice 47 de coordenadas Y=2'033,123; X=481,993 partiendo, de este punto con un rumbo de S 21°30'57" W y una distancia de 335.36 m. se llega al vértice 48 de coordenadas Y=2'032,811; X=481,870; partiendo de este punto con un rumbo de N 74°50'15" W y una distancia de 1,789.28 m. se llega al vértice 49 de coordenadas Y=2'003,279; X=480,143;.partiendo de este punto con un rumbo de N 71°33'02" W y una distancia de 1,257.63 m. se llega al vértice 50 de coordenadas Y=2'033,677; X=478,950; partiendo de este punto con un rumbo de S 57°12'58" W y una distancia de 1,420.21 m. se llega al vértice 51 de coordenadas Y=2'032,908; X=477,756; partiendo de este punto con un rumbo de N 63°32'40":W y una distancia de 936.01 m. se llega al vértice 52 de coordenadas Y=2'033,325; X=476,918; partiendo de este punto con un rumbo de N 10°56'57" W y una distancia de 1,152.98 m. se llega al vértice 53 de coordenadas Y=2'034,457; X=476,699; partiendo de

este punta con un rumbo de N 41°45'21" :W y una distancia de 699.74 m. se llega al vértice 54 de coordenadas Y=2'034,979; X=476,233; partiendo de este punto con un rumbo de N 24°35'05" W y una distancia de 673.01 m. se llega al vértice 55 de coordenadas Y=2'035,591; X=475,953; partiendo de este punto con un rumbo de N 86°27'44" E y una distancia de 1,199.28 m. se llega al vértice 56 de coordenadas Y=2'035.665; X=477,150: partiendo de este punto con un rumbo de N 09°30'19" E y una distancia de 1,089.96 m. se llega al vértice 57 de coordenadas Y=2'036,740; X=477,330; partiendo de este punto con un rumbo de N 84°00'42" W y una distancia de 431.35 m. se llega al vértice 58 de coordenadas Y=2'036,785; X=476,901; partiendo de este punto con un rumbo de N 24º56' 23' W y una distancia de 2,743.86 m. se llega al vértice 59 de coordenadas Y=2'039,273; X=475,744: partiendo de este punto con un rumbo de N 88°14'15" W y una distancia de 1,755.83 m. se llega al vértice 60 de coordenadas Y=2'039,327; X=473,989, partiendo de este punto con un rumbo de N 80°12'28 W y una distancia de 999.56 m. se llega al vértice 61 de coordenadas Y=2039,497; X=473,004; partiendo de este punto con un rumbo de N 82°44'58" W y una distancia de 1,418.34 m. se llega al vértice 62 de coordenadas Y=2'039,676; X=471,597, partiendo de este punto con un rumbo de N 67°27'41" W y una distancia de 866.15 m. se llega al vértice 63 de coordenadas Y=2'040,008; X=470,797; partiendo de este punto con un rumbo de S 68°11'54" W y una distancia de 53.85 m. se llega al vértice 64 de coordenadas Y=2'039,988: X=470,747; partiendo de este punto con un rumbo de N 70°01'00" W y una distancia de 117.04 m. se llega al vértice 65 de coordenadas Y=2'040,028; X=470,637; partiendo de este punto con un rumbo de S 82°54'00" W y una distancia de 283.17 m. se llega al vértice 66 de coordenadas Y=2'039,993; X=470,356; partiendo de este punto con un rumbo de S 78°51'57" W y una distancia de 191.60 m. se llega al vértice 67 de coordenadas Y=2'039,956; X=470,168; partiendo de este punto con un rumbo de S 88°14'63" W y una distancia de 61.13 m. se llega al vértice 68 de coordenadas Y=2'039,952; X=470,107; partiendo de este punto con un rumbo de S 41°43'46" W y una distancia de 49.57 m. se llega al vértice 69 de coordenadas Y=2'039,915; X=470,074; partiendo de este punto con un rumbo de N 82°45'13" W y una distancia de 1466.71 m. se llega al vértice 70 de coordenadas Y=2'040,100; X=468,619; partiendo de este punto con un rumbo de S 38°00'15" W y una distancia de 505.09 m. se llega al vértice 71 de coordenadas Y=2'039,702; X=468,308; partiendo de este punto con un rumbo de N 83°25'04" W y una distancia de 601.96 m. se llega al vértice; 72 de coordenadas Y=2'039,771; X=467,710; partiendo de este punto con un rumbo de N 35°03'33" W y una distancia de 1,183.79 m. se llega al vértice 73 de coordenadas Y=2'040,740; X=467,030; partiendo de este punto con un rumbo de N 76°24'52" W y una distancia de 3,358.97 m. se llega al vértice 74 de coordenadas Y=2'041,529; X=463,765; partiendo de este punto con un rumbo de S 55°45'45" W y una distancia de 696.73 m. se llega al vértice 75 de coordenadas Y=2'041,137; X=463,189; partiendo de este punto con un rumbo de S 87°58'07'' W y una distancia de 874.54 m. se llega al vértice 76 de coordenadas Y=2'041,106; X=462,315; partiendo de este punto con un rumbo de N 28°26'38" W y una distancia de 1,950.45 m. se llega al vértice 77 de coordenadas Y=2'042,821; X=461,386; partiendo de este punto con un rumbo de N 08°52'26" E y una distancia de 816.77 m. se llega al vértice 78 de coordenadas Y=2'043,628; X=461,512; partiendo de este punto con un rumbo de N 52°34'06" W y una distancia de 1,632.07 m. se llega al vértice 79 de coordenadas Y=2'044,620; X=460,216; partiendo de este punto con un rumbo de N 01°31'53" W y una distancia de 561.20 m. se llega al vértice 80 de coordenadas Y=2'045,181; X=460,201; partiendo de este punto con un rumbo de N 42°34'27" W y una distancia de 2,205.32 m. se llega al vértice 81 de coordenadas Y=2'046,805; X=458,709; partiendo de este punto con un rumbo de N 00°05'32" W y una distancia de 620.00 m. se llega al vértice 82 de coordenadas Y=2'047,425; X=458,708; partiendo de este punto con un rumbo de N 31º37'56'' W y una distancia de 1,513.92m. se llega al vértice 83 de coordenadas Y=2'048,714; X=457,914; partiendo de este punto con un rumbo de N00º55'11'' W y una distancia de 1993.25 m se llega al vértice 84 de coordenadas Y=2050,707; X=457,882; partiendo de este punto con un rumbo de N 31º36'59'' W y una distancia de 421.57 m se llega al vértice 85 de coordenadas Y=2'051,066; X=457,661; partiendo de este punto con un rumbo de N 49º27'11'' W y una distancia de 227.66 m se llega al vértice 86 de coordenadas Y=2'051,214; X=457,488; partiendo de este punto con un rumbo de N 62°03'32" W y una distancia de 204.88 m. se llega al vértice 87 de coordenadas Y=2'051,310; X=457,307; partiendo de este punto con un rumbo de N 55°40'58" E y una distancia de 354.75 m. se llega al vértice 88 de coordenadas Y=2'051,510; X=457,600; partiendo de este punto con un rumbo de N 00°44'04" E y una distancia de 390.03 m. se llega al vértice 89 de coordenadas Y=2'051,900; X=457,605; partiendo de este punto con un rumbo de N 48°07'19" E y una distancia de 194.74 m. se llega al vértice 90 de coordenadas Y=2'052,030; X=457,750; partiendo de este punto con un rumbo de S 85°06'03" E y una distancia de 351.28 m. se llega al vértice 91 de coordenadas Y=2'052.000; X=458,100; partiendo de este punto con un rumbo de N 73°46'47" E y una distancia de 572.8 m. se llega al vértice 92 de coordenadas Y=2'052,160; X= 458,650; partiendo de este punto con un rumbo de N 08°36'56" E y una distancia de 333.76 m. se llega al vértice 93 de coordenadas Y=2'052,490: X=458,700; partiendo de este punto con un rumbo de N 50°01'44" E y una distancia de 443.64 m. se llega al vértice 94 de coordenadas Y=2'052,775; X=459,040; partiendo de este punto con un rumbo de N 01°21'50" E y una distancia de 462.13 m. se llega al vértice 95 de coordenadas Y=2'053,237; X=459,051; partiendo de este punto con un rumbo de S 64°19'23" E y una distancia de 57.69 m. se llega al vértice 96 de coordenadas Y=2'053,212; X=459,103; partiendo de este punto con un rumbo de S 35°49'18" E y una distancia de 3,444.57 m. se llega al vértice 97 de coordenadas Y=2'050,419; X=461,119; partiendo de este punto con un rumbo de S 65°27'06" E y una distancia de 4,053.37 m. se llega al vértice 98 de coordenadas Y=2'048,735; X=464,806; partiendo de este punto con rumbo de S 38°59'42" E y una distancia de 3,494.60 m. se llega al vértice 99 de coordenadas Y=2'046,019; X=467,005; partiendo de este punto con un rumbo de S 86°20'24" E y una distancia de 2,522.14 m. se llega al vértice 100 de coordenadas Y=2'045,858; X=469,522; partiendo de este punto con un rumbo de S 15°35'47" E y una distancia de 2,707.70 m. se llega al vértice 101 de coordenadas Y=2'043,250; X=470,250; partiendo de este punto con un rumbo de ESTE FRANCO y una distancia de 3,250.00 m. se llega al vértice 102 de coordenadas Y=2'043,250; X-473,500; partiendo de este punto con un rumbo de N 13°17'18" E y una distancia de 7,600.50 m. se llega al vértice 103 de coordenadas Y=2'050,647; X=475,247; partiendo de este punto con un rumbo de S 67°09'12" E y una distancia de 427.54 m. se llega al vértice 104 de coordenadas Y=2'050,481; X=475,641; partiendo de este punto con un rumbo de N 34°43'27" E y una distancia de 1,613.33 m. se llega al vértice 105 de coordenadas Y=2'051,807; X=476,560; partiendo de este punto con un rumbo de N 39°21'22" W y una distancia de 603.96 m. se llega al vértice 106 de coordenadas Y=2'052,274; X=476,177; partiendo de este punto con rumbo de S 86°53'38" E y una distancia de 904.32 m. se llega al vértice 107 de coordenadas Y=2'052,225; X=477,080; partiendo de este punto con un rumbo de S 18°19'31" E y una distancia de 826.93 m. se llega al vértice 108 de coordenadas Y=2'051,440; X=477,340; partiendo de este punto con rumbo de S 45°29'27" E y una distancia de 989.98 m. se llega al vértice 109 de coordenadas Y=2'050,746; X=478,046; partiendo de este punto con un rumbo de S 45°11'42" E y una distancia de 2,697.62 m. se llega al vértice 110 de coordenadas Y=2'048,845; X=479,960; partiendo de este punto con un rumbo de S 63°48'04" E y una distancia de 10.489.60 m. se llega al vertice,111 de coordenadas Y=2'044,214; X=489,372; partiendo de este punto con un rumbo de S 02°06'19" W y una distancia de 952.64 m. se llega al vértice 112 de coordenadas Y=2043,262; X=489,337; partiendo de este punto con un rumbo N 87°14'12" E y una distancia de 663.77 m. se llega al vértice 113 de coordenadas Y=2'043,294; X=490,000; partiendo de este punto con un rumbo de SUR FRANCO y una distancia de 3,055.00 m. se llega al vértice 114 de coordenadas Y=2'040,239; X=490,000; partiendo de este punto con un rumbo de S 56°44'40" E y una distancia de 6,325.98 m. se llega al vértice 115 de coordenadas Y=2'036,770; X=495,290; partiendo de este punto con un rumbo N 40°07'11" E y una distancia de 3,033.87 m. se llega al vértice 116 de coordenadas Y=2'039,090; X=497,245; partiendo de este punto con: un rumbo de N 68°43'46" E y una distancia de 1,029.21 m. se llega al vértice 1 donde se cierra el polígono con una superficie de 59,030-94-15.9 ha.

El plano oficial que contiene la descripción analítico topográfica y limítrofe del polígono general que se describe en el presente Decreto, obra en las oficinas del Instituto Nacional de Ecología de la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, ubicada en Avenida Revolución numero 1425, Colonia Tlacopac, San Angel, Delegación Alvaro Obregon en México, Distrito Federal y en la Delegación Federal de la propia Secretaria, en el Estado de Morelos, ubicada en Avenida Universidad numero 5, Cotonia Santa María Ahuacatitlan, Cuernavaca, Morelos.

ARTICULO SEGUNDO.- La Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca será la encargada de administrar, desarrollar y preservar los ecosistemas y los elementos de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla, así como de vigilar que las acciones que se realicen dentro de esta se ajusten a los propósitos de la presente declaratoria.

El titular de la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca designará al Director de la reserva materia del presente decreto, quien será responsable de coordinar la formulación, ejecución y evaluación del programa de manejo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación aplicable.

ARTICULO TERCERO.- Para la consecución de los fines del presente Decreto, quedan a cargo de la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca los terrenos nacionales ubicados dentro de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla, no pudiendo dárseles otro destino distinto a aquellos que resulten compatibles con la conservación y protección de sus ecosistemas.

ARTICULO CUARTO. La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, con la participación que corresponda a otras dependencias del Ejecutivo Federal, propondrá la celebración de acuerdos de coordinación con el Gobierno del Estado de Morelos, en los que se establezca la participación de los municipios de Amacuzac, Puente de Ixtla, Jojutla, Tlaquiltenango y Tepalcingo; así como la concertación de acciones con los sectores social y privado, entre otras, en las siguientes materias:

 

I. La forma en que el Gobierno estatal y los municipios involucrados participaran en la administración de la reserva de la biosfera;

II. La coordinación de las políticas federales aplicables en la reserva de la biosfera, con las del Estado y los municipios participantes;

III. La determinación de acciones para llevar a cabo el ordenamiento ecológico territorial aplicable a la reserva de la biosfera;

IV, La elaboración del programa de manejo de la reserva de la biosfera, con la formulación de compromisos para su ejecución;

\/. El origen y el destino de los recursos financieros para la administración de la reserva de la biosfera;

Vl. Las formas como se llevaran a cabo la investigación, la experimentación y el monitoreo en la reserva de la biosfera;

Vll. La realización de acciones de inspección y vigilancia;

VIII Las acciones necesarias para contribuir al desarrollo socioeconómico regional, mediante el aprovechamiento racional y sustentable de los recursos naturales en la reserva de la biosfera;

IX. Los esquemas de participaci6n de la comunidad, de los grupos científicos, académicos y sociales específicamente los ejidos, las comunidades agrarias y pueblos indígenas;

X. El desarrollo de programas de capacitación y asesoría a sus habitantes para el aprovechamiento racional y sustentable de los recursos naturales de la región, y

Xl. El desarrollo de acciones y obras tendientes a evitar la contaminación de las aguas superficiales, acuíferos subterráneos y suelos.

 

ARTICULO QUINTO.- La Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca formulara el programa de manejo de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto y con sujeción a las disposiciones legales aplicables.

Dicho programa de manejo deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

I. El inventario de especies de flora y fauna conocidas en la zona. la descripción de las características físicas, biológicas, económicas, sociales y culturales de la reserva de la biosfera, en el contexto nacional, regional y local, así como el análisis de la situaci6n que guarda la tenencia de la tierra en la superficie respectiva:

II. Los objetivos específicos de la reserva de la biosfera;

III. Los lineamientos para el aprovechamiento sustentable de la flora y fauna. y los relativos a la protección de los ecosistemas y a la prevención de la contaminación del suelo y de las aguas;

IV. Las acciones a realizar a corto, mediano y largo plazo y su vinculación con el Sistema Nacional de Planeación Democrática. Dichas acciones comprenderán la investigación, uso de recursos, extensionismo, difusión, operación, coordinación, seguimiento y control;

V. La previsión de las acciones y lineamientos de coordinación, así como la normatividad a que se sujetaran las actividades que se estén realizando, a fin de que exista la debida congruencia con los objetivos del presente Decreto y otros programas a cargo de las demás dependencias de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias;

Vl. La zonificación del área:

Vll. Las propuestas para el establecimiento de épocas y zonas de veda, la determinación de los equipos y métodos a utilizarse, así como los lineamientos a que se sujetara la realizaa6n de las actividades pesqueras, mineras. agropecuarias y forestales, para un aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, y

Vlll, Las posibles fuentes de financiamiento para la administración de la reserva de la biosfera.

 

ARTÍCULO SEXTO.- En la reserva de la biosfera Sierra de Huautla no podrá autorizarse la fundación de nuevos centros de población, ni la urbanización de las tierras ejidales que no esté considerada en los planes de desarrollo urbano municipal vigentes, incluidas las zonas de preservación ecológica de los centros de población. En lodo caso, los planes de desarrollo municipal que se elaboren y acuerden deberán ser congruentes con el programa de manejo y la zonificación de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla.

 

ARTÍCULO SEPTIMO.- Los propietarios y poseedores de Inmuebles, o titulares de otros derechos sobre tierras, aguas y bosques, que se encuentren dentro de la superficie de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla estarán obligados a la conservación del área, de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto, el programa de manejo del área y las disposiciones legales aplicables.

 

ARTICULO OCTAVO.- El uso, explotación y aprovechamiento de las aguas nacionales ubicadas en la reserva de la biosfera Sierra de Huautla se sujetaran a:

 

I. Las normas oficiales mexicanas pera la consenvaci6n y aprovechamiento de la flora y fauna acuáticas y de su hábitat, así como las destinadas a evitar la contaminaoi6n de las aguas y los suelos:

II. Las políticas y restricciones que se establezcan en el programa de manejo para la protecci6n de las especies acuáticas;

III. Los convenios de concertaci6n de acciones para la protecci6n de los ecosistemas acuáticos que se celebren con los sectores productivos, las comunidades de la región e instituciones académicas y de Investigación, y

IV. Las demás disposiciones legales aplicables.

 

ARTICULO NOVENO.- Con la finalidad de fomentar la conservación, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, en particular de las especies endémicas. amenazadas o en peligro de extinción. La Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, de conformidad con sus atribuciones y con base en los estudios técnicos y socioeconómicos que al efecto se elaboren, establecerá vedas de llora y fauna y, en su caso, promoverá lo conducente para el establecimiento de las correspondientes en materia forestal y de agua.

 

ARTICULO DECIMO.-En la reserva de la biosfera Sierra de Huautla, la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, podrá autorizar la realización de actividades de preservación de los ecosistemas y sus elementos de investigación científica y de educación ambiental.

 

ARTÍCULO DECIMO PRIMERO.- En la reserva de la biosfera Sierra de Huautla queda prohibido:

I. Desarrollar cualquier tipo de actividad que conforme a las disposiciones legales aplicables sea contaminante:

II. Verter o descargar contaminantes. desechos o cualquier tipo de material nocivo en el suelo, subsuelo y en cualquier clase de cauce, vaso o acuífero:

III. Tirar o abandonar desperdicios;

IV. Interrumpir, rellenar, desecar o desviar flujos hidráulicos, Con excepción de aquellos que estén destinados al consumo humano:

V. Realizar, sin autorización. actividades de dragado o de cualquier otra naturaleza suspensión de sedimentos, o provoquen áreas con aguas fangosas o limosas dentro del área protegida o zonas aledañas, con excepci6n de aquellas que resulten necesarias en caso de contingencia;

Vl. Realizar, sin autorización, actividades cinegenéticas o de explotación y aprovechamiento de especies de flora y fauna silvestres;

IX. Construir confinamientos de materiales y sustancias peligrosas.

 

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- Podrán realizarse las actividades agropecuarias y forestales emprendidas por las comunidades que ahí habiten, siempre y cuando sean compatibles con los objetivos, criterios y programas de aprovechamiento sustentable y con la vocación de los terrenos, considerando las previsiones de los programas de ordenamiento ecológico que resulten aplicables, en los términos del presente Decreto y del programa de manejo.

 

ARTICULO DECIMO TERCERO, - Cualquier obra pública o privada que se pretenda realizar dentro de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla, deberá sujetarse a los lineamientos establecidos en el programa de manejo del área y a las disposiciones legales aplicables. Asimismo quienes pretendan realizar dichas obras o actividades deberán contar, en su caso y previamente a su ejecución, con la autorización de Impacto ambiental correspondiente, conforme a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento en materia de impacto ambiental.

 

ARTICULO DECIMO CUARTO. En la ejecución de las acciones de conservación y preservación del área se respetaran los usos, tradiciones y costumbres de los pobladores que la habitan y, en su caso, se concertaran con ellos las acciones para alcanzar los fines del presente Decreto.

 

ARTICULO DECIMO QUINTO.- Todos los actos, convenios y contratos relativos a la propiedad, posesión o cualquier otro derecho real relacionado con bienes inmuebles ubicados dentro de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla deberán hacer referencia a la presente declaratoria, así como a los datos de inscripción en los registros públicos en donde esta declaratoria se inscriba.

 

Los notarios, o cualesquiera otros fedatarios públicos, al autorizar los actos, convenios o contratos en los que intervengan, deberán incorporar en dichos instrumentos los datos a que se refiere el párrafo anterior.

 

ARTICULO DECIMO SEXTO.- La inspección y vigilancia de la reserva de la biosfera, queda a cargo de la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca con la participación que corresponda a las demás dependencias de la. Administración Publica Federal competentes.

 

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- La Secretaria de Medio Ambiente; Recursos Naturales y Pesca, en un plazo no mayor de 180 días naturales, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente declaratoria, promoverá su inscripción en los registros públicos de la propiedad correspondientes y el Registro Agrario Nacional, asimismo la inscribirá en el Registro Nacional de Areas Naturales Protegidas.

TERCERO.- La Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, conforme a lo dispuesto en el presente Decreto, deberá elaborar el Programa de Manejo de la reserva de la biosfera Sierra de Huautla, en un término no mayor de 365 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.

CUARTO.- Notifíquese personalmente el presente Decreto a los propietarios y poseedores de los predios comprendidos en la reserva de la biosfera Sierra de Huautla. En caso de ignorarse sus nombres y domicilios se efectuara una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, la cual surtirá efectos de notificación a dichos propietarios y poseedores.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve.- Ernesto Zedillo Ponce de León. Rubrica.- La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, Julia Carabias Lillo.- Rubrica El Secretario de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Romirico Arroyo Marroquín.- Rubrica El Secretario de la Reforma Agraria, Eduardo Robledo Rincón.- Rubrica.  

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